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	<title>derecho de olvido archivos - Adaptación RGPD</title>
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	<description>Adaptación RGPD y LSSI para empresas y profesionales, fácil y económica</description>
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		<title>¿ChatGTP incumple el RGPD? infracción de derechos.</title>
		<link>https://www.adaptacion-rgpd.eu/chatgtp-incumple-el-rgpd-infraccion-de-derechos/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Gestor RGPD]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 10 Apr 2023 08:32:10 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Inteligencia artificial]]></category>
		<category><![CDATA[LOPDGDD]]></category>
		<category><![CDATA[RGPD]]></category>
		<category><![CDATA[chatgtp]]></category>
		<category><![CDATA[datos personales]]></category>
		<category><![CDATA[derecho de olvido]]></category>
		<category><![CDATA[tratamiento automatizado]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>ChatGPT es un modelo de inteligencia artificial que genera textos a partir de palabras clave o frases. Es una herramienta desarrollada por OpenAI, una organización sin ánimo de lucro dedicada a la investigación en inteligencia artificial. ChatGPT utiliza una gran cantidad de datos recopilados de Internet para entrenar sus algoritmos y producir textos coherentes y&#8230;</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>ChatGPT es un modelo de inteligencia artificial que genera textos a partir de palabras clave o frases. Es una herramienta desarrollada por OpenAI, una organización sin ánimo de lucro dedicada a la investigación en inteligencia artificial. ChatGPT utiliza una gran cantidad de datos recopilados de Internet para entrenar sus algoritmos y producir textos coherentes y creativos.</p>
<p>Sin embargo, el uso de ChatGPT plantea algunas dudas sobre su cumplimiento con el marco regulatorio de la Unión Europea en materia de protección de datos personales, conocido como el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). El RGPD es una normativa que entró en vigor en 2018 y que establece los derechos y obligaciones de los ciudadanos y las organizaciones respecto al tratamiento de los datos personales.</p>
<p>Uno de los derechos fundamentales que reconoce el RGPD es el derecho al olvido, que permite a las personas solicitar la eliminación de sus datos personales cuando ya no sean necesarios para el fin para el que se recogieron o cuando retiren su consentimiento para su tratamiento. El derecho al olvido también implica que las organizaciones que hayan difundido los datos personales de alguien deben informar a otros responsables del tratamiento para que también los borren.</p>
<p>El problema con ChatGPT es que no está claro si respeta este derecho al olvido y si es capaz de borrar completamente los datos personales de las personas que lo soliciten. ChatGPT se basa en datos extraídos de Internet, que pueden contener información personal sobre individuos, como nombres, apellidos, direcciones, opiniones, gustos, etc. Estos datos pueden quedar incorporados al modelo y ser utilizados para generar textos que los revelen o los distorsionen.</p>
<p>Además, ChatGPT no ofrece ninguna información a los usuarios ni a los interesados sobre cómo recoge y trata sus datos personales, ni sobre la base legal que justifica este tratamiento. Tampoco dispone de ningún sistema para verificar la edad de los usuarios, a pesar de que su servicio está reservado a mayores de 13 años, según sus términos de uso.</p>
<p>Estas infracciones han llevado a la autoridad italiana de protección de datos (GPDP) a prohibir el uso de ChatGPT en Italia y a abrir una investigación sobre OpenAI. El GPDP ha ordenado el bloqueo inmediato del servicio y ha exigido a OpenAI que cumpla con el RGPD y que comunique las medidas que ha tomado para garantizar el derecho al olvido de las personas cuyos datos ha recopilado y procesado.</p>
<p>La decisión del GPDP puede sentar un precedente para otros países europeos que también podrían tomar medidas contra ChatGPT por violar el RGPD. Se trata de un caso que pone en evidencia los desafíos éticos y legales que plantean los modelos de inteligencia artificial basados en grandes cantidades de datos y que requieren una mayor transparencia y responsabilidad por parte de sus desarrolladores.</p>
<p>Las dudas en este sentido son amplias, solo un estudio profundo por parte de las autoridades de control Europeo, permitirán el uso de la IA dentro del marco de la RGPD.</p>
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		<title>Garantía de los derechos digitales: derecho de rectificación en Internet (II)</title>
		<link>https://www.adaptacion-rgpd.eu/garantia-de-los-derechos-digitales-derecho-de-rectificacion-en-internet-ii/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Gestor RGPD]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 22 Feb 2023 08:49:25 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[LOPDGDD]]></category>
		<category><![CDATA[RGPD]]></category>
		<category><![CDATA[derecho de olvido]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos RGPD]]></category>
		<category><![CDATA[Ejercicio de derechos]]></category>
		<category><![CDATA[Nuevos derechos lopdgdd]]></category>
		<category><![CDATA[protección de derechos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En la Ley Orgánica de protección de datos se regulan los derechos digitales, entre los que encontramos el derecho de rectificación en Internet. En el art.85 de la LOPDGDD se establece el derecho que tenemos a la libertad de expresión en Internet. En este sentido, además, los responsables de redes sociales y servicios equivalentes deben&#8230;</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>En la Ley Orgánica de protección de datos se regulan los derechos digitales, entre los que encontramos el <strong>derecho de rectificación</strong> en Internet.</p>
<p><strong>En el art.85 de la LOPDGDD se establece el derecho que tenemos a la libertad de expresión en Internet</strong>. <strong>En este sentido, además, los responsables de redes sociales y servicios equivalentes deben adoptar los protocolos adecuados para posibilitar el ejercicio del derecho de rectificación.</strong> Es decir, aquellos interesados que entiendan que algún contenido publicado atenta contra su derecho al honor, la intimidad personal y familiar en Internet, pueden exigir la rectificación de ese contenido al usuario que haya difundo dichos comentarios. Para ejercer este derecho a la rectificación, se seguirá todo lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación.</p>
<p><strong>Cuando sean los medios de comunicación digitales los que deban atender la solicitud de rectificación, tendrán que publicar en sus archivos digitales un aviso aclaratorio que manifieste que la noticia original no refleja la situación actual del individuo.</strong> Este aviso deberá estar en un lugar visible junto con la información original.</p>
<p><strong>IMPORTANTE</strong></p>
<p>La AEPD tiene publicado en su página web un espacio con múltiples recursos para proteger <a href="https://www.aepd.es/es/areas-de-actuacion/internet-y-redes-sociales">la privacidad en Internet y las redes sociales</a></p>
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		<item>
		<title>Informe de la AEPD sobre el Derecho al Olvido en buscadores de Internet</title>
		<link>https://www.adaptacion-rgpd.eu/informe-de-la-aepd-sobre-el-derecho-al-olvido-en-buscadores-de-internet/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Gestor RGPD]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 08 Jun 2021 05:55:24 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[LOPD]]></category>
		<category><![CDATA[RGPD]]></category>
		<category><![CDATA[derecho de olvido]]></category>
		<category><![CDATA[Ejercicio de derechos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La AEPD en el apartado de la web “informes y resoluciones” ha publicado recientemente un informe, en el que da respuesta a la consulta planteada sobre la utilización de un dato personal diferente al nombre para ejercer el derecho al olvido en los buscadores de Internet. Para dar contestación a esta consulta, la AEPD aporta&#8230;</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La AEPD en el apartado de la web “informes y resoluciones” ha publicado recientemente un <a href="https://www.aepd.es/es/documento/2020-0057.pdf">informe</a>, <strong>en el que da respuesta a la consulta planteada sobre la utilización de un dato personal diferente al nombre para ejercer el derecho al olvido en los buscadores de Internet.</strong></p>
<p>Para dar contestación a esta consulta, la AEPD aporta en su informe una interpretación conjunta de la normativa que regula el derecho al olvido, tanto el RGPD como la LOPDPGD, las Directrices dictadas por el CEPD, y la jurisprudencia del Tribunal Supremo y de Justicia emitida en estos casos.</p>
<p><strong>Las conclusiones a la que llega la AEPD es que, por regla general, el Derecho al Olvido frente a buscadores abarcaría únicamente la búsqueda realizada a partir del nombre entendiendo este término como nombre y apellidos y con carácter excepcional se podrían admitir otros términos distintos al nombre, siempre y cuando éstos produzcan los mismos efectos de identificación y singularización de la persona que ejerce el derecho al olvido en los buscadores de Internet</strong>. Es decir, que ese dato, permita identificar inequívocamente a una persona frente a la generalidad.</p>
<p>La AEPD en su informe recoge resoluciones favorables al derecho al olvido a partir de una información distinta al nombre y apellidos. Es el caso, por ejemplo, de búsquedas realizadas a partir del diminutivo del nombre compuesto del afectado.</p>
<p><strong>IMPORTANTE</strong></p>
<p>La admisión de variantes distintas al nombre es excepcional, lo relevante es como se conoce a la persona a nivel general.</p>
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		<item>
		<title>¿Se deben borrar siempre los datos cuando lo solicite el interesado?</title>
		<link>https://www.adaptacion-rgpd.eu/se-deben-borrar-siempre-los-datos-cuando-lo-solicite-el-interesado/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Gestor RGPD]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 06 Jan 2020 11:01:18 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[LOPD]]></category>
		<category><![CDATA[LOPDGDD]]></category>
		<category><![CDATA[RGPD]]></category>
		<category><![CDATA[datos]]></category>
		<category><![CDATA[derecho de olvido]]></category>
		<category><![CDATA[derechos ARCO]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos RGPD]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El interesado tiene derecho a ejercer entre otros, el derecho al borrado de sus datos por parte del responsable. Este deberá hacerlo sin dilación indebida, en un plazo de tiempo como máximo de un mes a partir de la recepción de la solicitud. En el artículo 17 del RGPD se regulan los supuestos en los&#8230;</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El interesado tiene derecho a ejercer entre otros, el derecho al borrado de sus datos por parte del responsable. Este deberá hacerlo sin dilación indebida, en un plazo de tiempo como máximo de un mes a partir de la recepción de la solicitud.</p>
<p>En el artículo 17 del RGPD se regulan los supuestos en los está obligado a su supresión:</p>
<ol>
<li>a) Los datos ya no son necesarios para los fines por los que se recogieron.</li>
<li>b) Cuando el interesado retira su consentimiento y el tratamiento de los datos personales no tenga otra base legal.</li>
<li>c) El interesado se opone a su tratamiento.</li>
<li>d) Los datos personales se han obtenido de forma ilícita.</li>
<li>e) Cuando los datos se obtienen de un menor en relación con la oferta de servicios en Internet.</li>
</ol>
<p>Ahora bien, no siempre que al responsable le solicitan suprimir los datos personales ha de borrarlos. Es el caso, por ejemplo, de un periódico que publica un hecho noticiable, en el que se puede ver perjudicado un personaje público, no tiene que suprimir los datos personales, ya que está ejerciendo su derecho a la libertad de expresión e información. Tampoco se suprimirán cuando los datos sean necesarios para la formulación, ejercicio o defensa de reclamaciones o bien, existe una obligación legal que exige su conservación durante un plazo determinado de tiempo.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Fórmula de contestación del derecho de acceso</title>
		<link>https://www.adaptacion-rgpd.eu/formula-de-contestacion-del-derecho-de-acceso/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Gestor RGPD]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 20 Nov 2019 07:07:54 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[LOPD]]></category>
		<category><![CDATA[LOPDGDD]]></category>
		<category><![CDATA[RGPD]]></category>
		<category><![CDATA[derecho de olvido]]></category>
		<category><![CDATA[derechos ARCO]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos RGPD]]></category>
		<category><![CDATA[Ejercicio de derechos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La forma de contestación al ejercicio de derechos, efectuado por los interesados, es una de las materias claves en el ámbito de la protección de datos. En este artículo nos vamos a centrar en el derecho de acceso. En primer lugar, hemos de acudir a los arts.15 y 13 respectivamente del RGPD y de la&#8230;</p>
<p>La entrada <a href="https://www.adaptacion-rgpd.eu/formula-de-contestacion-del-derecho-de-acceso/">Fórmula de contestación del derecho de acceso</a> se publicó primero en <a href="https://www.adaptacion-rgpd.eu">Adaptación RGPD</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La forma de contestación al ejercicio de derechos, efectuado por los interesados, es una de las materias claves en el ámbito de la protección de datos.</p>
<p>En este artículo nos vamos a centrar en el derecho de acceso.</p>
<p>En primer lugar, hemos de acudir a los arts.15 y 13 respectivamente del RGPD y de la LOPDGDD.</p>
<p>Estos artículos nos indican cual es el contenido mínimo que he de contener la forma contestación.</p>
<p>Lo primero de todo señalar los datos de contacto del responsable del tratamiento.</p>
<p>Una vez indicados estos datos, desde el punto de vistas del responsable, debemos proceder a la contestación a los interesados y en particular hemos de indicar qué tipo de datos personales de los interesados reclamantes tratamos (datos identificativos, de empleo, financieros, de salud, etc.…)</p>
<p>A continuación, indicar la finalidad por la cual tratamos los datos personales anteriormente descritos, junto con los destinatarios de los datos, si los hubiera y el plazo de conservación.</p>
<p>Por último y no menos importante, hemos de señalar como hemos conseguido los datos de los interesados, que puede presentar una reclamación ante la AEPD, si se van a tomar decisiones automatizadas y que puede solicitar la rectificación o supresión de sus datos, en el caso de que sean incompletos o inexactos.</p>
<p>Todo ello junto con una copias de los datos personales del interesado objeto del tratamiento.</p>
<p>Finalmente, fecha y firma.</p>
<p><strong>IMPORTANTE</strong></p>
<p>Es conveniente que en nuestras entidades dispongamos de formularios de contestación al ejercicio de derechos.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.adaptacion-rgpd.eu/formula-de-contestacion-del-derecho-de-acceso/">Fórmula de contestación del derecho de acceso</a> se publicó primero en <a href="https://www.adaptacion-rgpd.eu">Adaptación RGPD</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>¿Qué es el derecho al olvido?</title>
		<link>https://www.adaptacion-rgpd.eu/derecho-al-olvido-3/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Gestor RGPD]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 14 Mar 2018 10:54:58 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[LOPD]]></category>
		<category><![CDATA[RGPD]]></category>
		<category><![CDATA[derecho de olvido]]></category>
		<category><![CDATA[derechos ARCO]]></category>
		<category><![CDATA[Google]]></category>
		<category><![CDATA[Privacidad]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El derecho al olvido es el derecho que tiene el titular de un dato personal a que sea borrada, bloqueada o suprimida toda la información personal que se considere obsoleta por el transcurso del tiempo  y que pueda afectar a alguno de sus derechos fundamentales. Este derecho en ocasiones choca con la libertad de expresión&#8230;</p>
<p>La entrada <a href="https://www.adaptacion-rgpd.eu/derecho-al-olvido-3/">¿Qué es el derecho al olvido?</a> se publicó primero en <a href="https://www.adaptacion-rgpd.eu">Adaptación RGPD</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El <strong>derecho al olvido</strong> es el <strong>derecho que tiene el titular de un <a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Dato_personal">dato personal</a> a que sea borrada, bloqueada o suprimida toda la información personal que se considere obsoleta por el transcurso del tiempo</strong>  y que pueda afectar a alguno de sus derechos fundamentales.</p>
<p>Este derecho en ocasiones choca con la <a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Libertad_de_expresi%C3%B3n">libertad de expresión</a> y de información.</p>
<p>Últimamente se habla mucho de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que <strong>obliga a Google a reconocer el Derecho al Olvido</strong> a un ciudadano español al que una noticia del pasado publicada en un medio de comunicación, le estaba dañando su imagen en el presente.</p>
<p>La repercusión internacional ocasionada está generando controversias sobre si este derecho también es aplicado en otros países de la UE, incluso de fuera del EEE.</p>
<p>Para ejercitar el Derecho al Olvido se utilizarán formularios que los propios buscadores han creado para este fin, debiendo el  afectado:</p>
<ul>
<li>Concretar la URL o contenido a eliminar del buscador.</li>
<li>Identificar al individuo al que se refiere la página web publicada.</li>
<li>Indicar los motivos por los que se solicita la eliminación de la URL y porqué vulnera su derecho a la protección de datos.</li>
</ul>
<p><strong>A TENER EN CUENTA</strong></p>
<p>El reconocimiento de este derecho demuestra que la <strong>protección de datos también existe en Internet</strong> y que las empresas también tienen responsabilidades en este ámbito.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.adaptacion-rgpd.eu/derecho-al-olvido-3/">¿Qué es el derecho al olvido?</a> se publicó primero en <a href="https://www.adaptacion-rgpd.eu">Adaptación RGPD</a>.</p>
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