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	<title>Google archivos - Adaptación RGPD</title>
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	<description>Adaptación RGPD y LSSI para empresas y profesionales, fácil y económica</description>
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		<title>La AEPD sanciona a Google LLC por ceder datos a terceros sin legitimación y obstaculizar el derecho de supresión</title>
		<link>https://www.adaptacion-rgpd.eu/la-aepd-sanciona-a-google-llc-por-ceder-datos-a-terceros-sin-legitimacion-y-obstaculizar-el-derecho-de-supresion/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Gestor RGPD]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 25 Jul 2022 07:14:33 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[LOPDGDD]]></category>
		<category><![CDATA[RGPD]]></category>
		<category><![CDATA[Google]]></category>
		<category><![CDATA[infracciones RGPD]]></category>
		<category><![CDATA[Sanciones RGPD]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>(18 de mayo de 2022). La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha dictado resolución del procedimiento iniciado contra la compañía Google LLC en la que declara la existencia de dos infracciones muy graves de la normativa de protección de datos e impone una sanción de 10 millones de euros por ceder datos a&#8230;</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>(18 de mayo de 2022)</strong>. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha dictado <a href="https://www.aepd.es/es/documento/ps-00140-2020.pdf">resolución del procedimiento iniciado contra la compañía Google LLC </a>en la que declara la existencia de <strong>dos infracciones muy graves</strong> de la normativa de protección de datos e impone una sanción de <strong>10 millones de euros</strong> por ceder datos a terceros sin legitimación para ello y obstaculizar el derecho de supresión de los ciudadanos (artículos 6 y 17 del Reglamento General de Protección de Datos).</p>
<p>Google LLC es la responsable del tratamiento analizado y lo lleva a cabo en EEUU. En el caso de la <strong>comunicación de datos a terceros</strong>, la Agencia ha constatado que Google LLC envía al Proyecto Lumen información de solicitudes que le realizan los ciudadanos, incluida su identificación, dirección de correo electrónico, los motivos alegados y la URL reclamada. La misión de ese proyecto es la recogida y puesta a disposición de solicitudes de retirada de contenido, por lo que la Agencia considera que, dado que se remite toda la información contenida en la solicitud del ciudadano para que se incluya en otra base de datos accesible al público y para que se divulgue a través de una web, “supone en la práctica frustrar la finalidad del ejercicio del derecho de supresión”.</p>
<p>La resolución recoge que esta comunicación de datos por parte de Google LLC al Proyecto Lumen se impone al usuario que pretenda utilizar sus formularios, <strong>sin opción de oponerse </strong>a la misma y, por tanto, sin que exista un consentimiento válido para que esa comunicación se lleve a cabo. Establecer esta condición en el ejercicio de un derecho reconocido a los interesados no está amparado por el Reglamento General de Protección de Datos al generarse “un tratamiento adicional de los datos sobre los que versa la solicitud de supresión al comunicarlos a un tercero”. Además, en la política de privacidad de Google LLC, no se hace mención a este tratamiento de datos personales de los usuarios, y tampoco aparece entre las finalidades la comunicación al Proyecto Lumen.</p>
<p>La AEPD también recoge en su resolución que, presentada la solicitud de retirada de contenido y atendido el derecho, es decir, acordada la supresión de los datos personales, “no cabe un tratamiento posterior de los mismos, como es la comunicación que Google LLC realiza al Proyecto Lumen”.</p>
<p><strong>En cuanto al ejercicio de derechos</strong> de los ciudadanos, la AEPD detalla en su resolución que “es difícil deducir si la solicitud se formula invocando la normativa de protección de datos personales, sencillamente porque esta normativa no se menciona en ninguno de los formularios, con independencia del motivo que el interesado seleccione de entre las opciones propuestas, salvo en el formulario denominado ‘Retirada en virtud de la ley de privacidad de la UE’, el único disponible que contiene una referencia expresa a esta normativa”.</p>
<p><em>Fuente: <a href="https://www.aepd.es/es/prensa-y-comunicacion/notas-de-prensa/la-aepd-sanciona-google-llc-por-ceder-datos-terceros-sin">AEPD</a> </em></p>
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		<title>¿Qué es el derecho al olvido?</title>
		<link>https://www.adaptacion-rgpd.eu/derecho-al-olvido-3/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Gestor RGPD]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 14 Mar 2018 10:54:58 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[LOPD]]></category>
		<category><![CDATA[RGPD]]></category>
		<category><![CDATA[derecho de olvido]]></category>
		<category><![CDATA[derechos ARCO]]></category>
		<category><![CDATA[Google]]></category>
		<category><![CDATA[Privacidad]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El derecho al olvido es el derecho que tiene el titular de un dato personal a que sea borrada, bloqueada o suprimida toda la información personal que se considere obsoleta por el transcurso del tiempo  y que pueda afectar a alguno de sus derechos fundamentales. Este derecho en ocasiones choca con la libertad de expresión&#8230;</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El <strong>derecho al olvido</strong> es el <strong>derecho que tiene el titular de un <a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Dato_personal">dato personal</a> a que sea borrada, bloqueada o suprimida toda la información personal que se considere obsoleta por el transcurso del tiempo</strong>  y que pueda afectar a alguno de sus derechos fundamentales.</p>
<p>Este derecho en ocasiones choca con la <a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Libertad_de_expresi%C3%B3n">libertad de expresión</a> y de información.</p>
<p>Últimamente se habla mucho de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que <strong>obliga a Google a reconocer el Derecho al Olvido</strong> a un ciudadano español al que una noticia del pasado publicada en un medio de comunicación, le estaba dañando su imagen en el presente.</p>
<p>La repercusión internacional ocasionada está generando controversias sobre si este derecho también es aplicado en otros países de la UE, incluso de fuera del EEE.</p>
<p>Para ejercitar el Derecho al Olvido se utilizarán formularios que los propios buscadores han creado para este fin, debiendo el  afectado:</p>
<ul>
<li>Concretar la URL o contenido a eliminar del buscador.</li>
<li>Identificar al individuo al que se refiere la página web publicada.</li>
<li>Indicar los motivos por los que se solicita la eliminación de la URL y porqué vulnera su derecho a la protección de datos.</li>
</ul>
<p><strong>A TENER EN CUENTA</strong></p>
<p>El reconocimiento de este derecho demuestra que la <strong>protección de datos también existe en Internet</strong> y que las empresas también tienen responsabilidades en este ámbito.</p>
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		<item>
		<title>¿Derecho al olvido?</title>
		<link>https://www.adaptacion-rgpd.eu/derecho-al-olvido/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Gestor RGPD]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 28 Jul 2015 10:15:14 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[LOPD]]></category>
		<category><![CDATA[AEPD]]></category>
		<category><![CDATA[Google]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>¿Qué es el derecho al olvido? El derecho al olvido es el derecho que tiene el titular de un dato personal a que esta información sea borrada, bloqueada o suprimida toda la información personal que se considere obsoleta por el transcurso del tiempo y que pueda afectar a alguno de sus derechos fundamentales. Este derecho&#8230;</p>
<p>La entrada <a href="https://www.adaptacion-rgpd.eu/derecho-al-olvido/">¿Derecho al olvido?</a> se publicó primero en <a href="https://www.adaptacion-rgpd.eu">Adaptación RGPD</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h2>¿Qué es el derecho al olvido?</h2>
<p>El derecho al olvido es el derecho que tiene el titular de un dato personal a que esta información sea borrada, bloqueada o suprimida toda la información personal que se considere obsoleta por el transcurso del tiempo y que pueda afectar a alguno de sus derechos fundamentales.<br />
Este derecho en ocasiones choca con la libertad de expresión y de información.</p>
<p>Últimamente se habla mucho de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que obliga a Google a reconocer el Derecho al Olvido a un ciudadano español al que una noticia del pasado publicada en un medio de comunicación, le estaba dañando su imagen en el presente.</p>
<p>La repercusión internacional ocasionada está generando controversias sobre si este derecho también es aplicado en otros países de la UE, incluso de fuera del EEE.<br />
Para ejercitar el Derecho al Olvido se utilizarán formularios que los propios buscadores han creado para este fin, debiendo el afectado:<br />
• Concretar la URL o contenido a eliminar del buscador.<br />
• Identificar al individuo al que se refiere la página web publicada.<br />
• Indicar los motivos por los que se solicita la eliminación de la URL y porqué vulnera su derecho a la protección de datos.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.adaptacion-rgpd.eu/derecho-al-olvido/">¿Derecho al olvido?</a> se publicó primero en <a href="https://www.adaptacion-rgpd.eu">Adaptación RGPD</a>.</p>
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