¿En qué consiste el ciberataque denominado Watering Hole?
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Adaptación RGPD - LOPDGDD - LSSI-CE - LGDCU | La Protección de datos aún más fácil
La adaptación RGPD o LOPDGDD es un proceso para adaptar la normativa de protección de datos, tanto a nivel nacional como europeo y garantizar el respeto a los derechos de las personas cuyos datos son tratados. La LOPDGDD es la ley que desarrolla y adapta el RGPD al ordenamiento jurídico español, estableciendo las condiciones y requisitos para el tratamiento de datos personales. Entre ellos, se encuentran el consentimiento informado y libre del afectado, la legitimación por obligación legal, interés público o ejercicio de poderes públicos, la limitación de la finalidad y la minimización de los datos, el deber de confidencialidad y la seguridad de la información. El objetivo de este estudio es identificar los riesgos y las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de la normativa y la protección de los derechos y libertades de las personas.
El RGPD (Reglamento general de protección de datos) y LSSI-CE (Ley de Servicios de la Sociedad de información) son normativas que se aplican si se desarrolla alguna actividad económica en internet, utiliza una web o trata datos de usuarios, clientes, trabajadores, proveedores, etc. Además, nuestro sistema le permite proteger los datos personales y facilitar el ejercicio de derechos de las personas que los ceden. Así pues, lo que era una simple obligación legal se convierte en una práctica habitual que mejora la confianza y la reputación de su negocio.
Typsa S.A tras 2 años después de la implantación del nuevo reglamento general de protección de datos, ha encargado una auditoría extraordinaria a la misma empresa que realizó la adaptación: Adapta RGPD del grupo ISPACTIVO, que nos ha remitido el resultado positivo y a la que felicitamos por el trabajo realizado, muy satisfechos con el…
Fantástico, no creíamos que fuera tan fácil y rápido realizar toda la adaptación RGPD en nuestra empresa, quede gratamente sorprendido de la facilidad de uso del sistema de protección de datos, además de generar toda mi documentación actualizada, en un breve tiempo he tenido cumplimentado hasta mi análisis de riesgos, además de tener un gestor…
Buscando en internet encontramos esta empresa, nos convencieron de que sería una implementación sencilla y rápida. La verdad es que lo ha sido, tenemos nuestra empresa totalmente adaptada en un espacio muy corto de tiempo.
Muy satisfecho con la atención y ahora tengo todo adecuado a la ley de protección de datos, sin preocupaciones y en menos de 2 horas he conseguido realizar la adaptación RGPD en nuestra empresa completamente.
Pagaba mucho más y no se ajustaba a mis necesidades. Con “Adapta RGPD” me he sentido por fin en buenas manos y he podido realizar la adaptación de mi empresa a la nueva ley de protección de datos.
He podido por fin adaptar mi empresa a la RGPD de forma sencilla y rápida, con asesoramiento telefónico muy competente y muy atentos. Lo recomiendo totalmente.
En Adaptación RGPD hacemos mucho más fácil, personalizada, rápida y económica la implementación de la RGPD – LOPDGDD y la LSSI-CE con las mayores garantías, con asesores que además atenderán todas sus dudas, cuestiones legales y le guiarán para que con un esfuerzo mínimo cumpla fácilmente todos los aspectos legales del nuevo RGPD – LOPDPGDD, la LSSI-CE y la LGDCU.
Además actualizamos constantemente nuestra plataforma a las nuevas reformas en materia de protección de datos o RGPD de la nueva directiva Europea.
La RGPD – LOPDGDD es una Ley que tiene como objetivo garantizar el Derecho que todo ciudadano tiene sobre la privacidad de sus datos personales, y el buen uso que de los mismos se hace, no pudiendo utilizarse dichos datos, para una finalidad distinta a la que inicialmente, se autorizó o cedió. Por ello, todas las empresas, ya sean físicas (autónomos) o jurídicas (sociedades), que manejen datos de personas físicas en su ámbito profesional, tiene la obligación o el deber de cumplir con la misma. Tener un simple contacto de una persona física con nombre, apellidos y teléfono obliga a la empresa a cumplir con una serie de requisitos recogidos en dicho reglamento.
El RGPD es de obligado cumplimiento desde el 25 de Mayo de 2016 teniendo la misma un periodo de aplicación que finaliza el 25 de Mayo de 2018. Este reglamento le afecta desde el primer momento que se empieza a tratar con datos de carácter personal así como su cesión y tratamiento en casos de facturación, pedidos de información desde una página Web, tienda virtual, o negocio presencial.
La adaptación RGPD o reglamento general de proteccón de datos es obligatoria para todas las empresas y profesionales que manejen datos personales. Además existen unos requisitos minimos que deben cumplirse
Actividades del tratamiento
Registro del DPD (DPO)
Clausulas legales
Registro de Incidencias
Registro de Responsables y encargados del tratamiento
Realización y registro de actividades del tratamiento
Elaboración del Análisis de riesgos y sus medidas de seguridad
Clausulas de confidencialidad y textos legales
Como resultado nuestro sistema le proporciona todos los elementos y textos legales exijidos por la RGPD generados automáticamente a partir de una interfaz guiada muy fácil de usar que exige a lo largo del tiempo el mantenimiento de esos datos para que en cualquier cambio de legislación, como ya ha ocurrido, no se deban generar de nuevo todos los pasos de introducción de datos y análisis de los mismos.
Si, tanto los autónomos, empresas o comunidad de propietarios, están obligados a cumplir con reglamento general de Protección de Datos, más conocida como RGPD, cuando recaben en sus negocios o instalaciones datos de carácter personal, entendidos éstos como todos aquellos que identifiquen a una persona física, incluyendo las filmaciones de video-vigilancia tanto en el espacio de la empresa como en comunidades de propietarios.
El reglamento general de protección de Datos Personales o RGPD exige que se cumpla de forma permanente de nada sirve adaptarse a la RGPD en un momento determinado para posteriormente incumplirla.
Las causas más habituales de incumplimiento de la RGPD son generalmente dos:
• Cambios en la Ley, que si bien no son frecuentes, suceden, y en caso de no adaptarse podríamos ser sancionados.
• Cambios en la estructura y funcionamiento de la Empresa. Sobre todo estos son relativamente frecuentes, como por ejemplo, cambio de empleados o incorporación de nuevos, cambio o incorporación de nuevos proveedores que accedan a datos, instalación de cámaras de seguridad, etc.
Si, además el RGPD dice: Los titulares de páginas web o comercio electrónico, que obtengan beneficios económicos directos o indirectos derivados de su presencia o actividad en Internet, o recojan datos personales de terceros a través de formularios o por email, están obligados a cumplir con la normativa en protección de datos de carácter personal RGPD.
Así mismo deberás adaptar tu página web o tienda electrónica a la LSSI-CE, con los textos legales que dicta la misma, entre ellos cabe destacar, la identificación inequívoca del responsable de la web, datos de contacto, contratos, desestimientos, notas y textos legales, etc.
Es por ello que nuestra plataforma genera toda la documentación personalizada lista para su integración en tu página Web o tienda de comercio electronico.
La respuesta es Sí. En consecuencia el RGPD afecta a cualquier persona física o jurídica que desarrolle cualquier actividad económica o social y que procese datos de carácter personal de usuarios, incluidas entidades como sociedades, instituciones benéficas, Comunidades de propietarios o clubes, siendo indiferente si están registradas o reconocidas ya sea legalmente o no.
La respuesta es SI, en nuestro panel LSSI-CE además se incluyen también los textos legales para cumplir con la LGDCU que es la ley General defensa de Derechos de Consumidores y Usuarios. Auditando su negocio (especialmente su sitio web de comercio electrónico) para esta ley, se protegen sus clientes ante cualquier posible reclamación y/o deber que puedan reclamar en la defensa de sus derechos como consumidores y usuarios.
Además en la misma también se incluyen tanto el sistema que genera la guía de compras obligatoria, como el contrato de compra, con las cláusulas tanto generales que por ley se deben incluir, como las particulares que se desee añadir, facilitándole la documentación lista para insertar en su Web de comercio electrónico.
En primer lugar la Ley entiende por fichero (Registro de actividades de tratamiento) es todo conjunto organizado de datos de carácter personal, cualquiera que fuere la forma o modalidad de su creación, almacenamiento, organización y acceso. Los ficheros también pueden ser tanto físicos (en soporte de papel), como informatizados (soporte automatizado).
Si, por esta razon del mismo modo el reglamento general de protección de datos (RGPD) es aplicable tanto a los ficheros automatizados como a los no automatizados.
En primer lugar los autónomos en el ejercicio de su actividad, al igual que cualquier otra empresa o entidad, que traten datos de carácter personal también están obligados a cumplir con el reglamento general de Protección de Datos.
Por ejemplo, si un particular realiza una compra en un comercio o recibe un servicio de una empresa, dicha empresa tendrá conocimiento de información personal suya, como puede ser su nombre, dni, teléfono, email, etc. En este caso, la empresa debe asegurarle que tratará esos datos de manera confidencial y no los utilizará sin su consentimiento.
El autónomo o empresario individual, debe garantizar igualmente esta protección a sus propios clientes.
Por ejemplo, si un autónomo tuviese como clientes a empresas, a empresarios individuales, y a particulares, igualmente debería cumplir el reglamento en lo referente a los datos de los particulares.
Si, y así mismo, además nuestra plataforma se actualiza no solo anualmente, si no constantemente, con cualquier cambio legislativo concerniente a la RGPD o la LOPDGDD o la LSSI-CE. La adecuación se realiza una única vez, pero es preciso la actualización periódica de los documentos, como contratos con nuevos trabajadores, proveedores, etc. Es por ello que opcionalmente te ofrecemos por una cuota muy económica el mantenimiento anual.
El RGPD, que se aplicará a partir del 25 de mayo de 2018, establece nuevos derechos para los ciudadanos que se suman a los tradicionales ARCO.
El nuevo Reglamento General de Protección de Datos será aplicable a partir del 25 de mayo de 2018. A los tradicionales derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición) recogidos en la actual normativa española se añaden nuevos elementos que mejoran la capacidad de decisión y control de los ciudadanos sobre sus propios datos personales.
Ejercer estos derechos será gratuito para el ciudadano (al igual que sucede ahora con los derechos ARCO) excepto cuando se formulen solicitudes manifiestamente infundadas o excesivas y, en cualquier caso, si hubiera un coste, este no podrá implicar un ingreso adicional para quien trata los datos y debe limitarse al verdadero coste de tramitar la solicitud.
El derecho de acceso permite al ciudadano conocer y obtener gratuitamente información sobre sus datos de carácter personal sometidos a tratamiento.
Este derecho se caracteriza porque permite corregir errores, modificar los datos que resulten ser inexactos o incompletos y garantizar la certeza de la información objeto de tratamiento.
Este derecho permitirá solicitar al responsable que suspenda el tratamiento de datos:
Inexactitud en los datos: que el interesado impugne la exactitud de los datos durante un plazo que permita al responsable verificar la exactitud de los mismos.
Ilicitud de los datos: ante un tratamiento ilícito y el interesado se oponga a la supresión de los datos y solicite en su lugar la limitación de uso, como prueba de la ilicitud del tratamiento.
Para la defensa de reclamaciones: en los que el responsable ya no necesita los datos personales para los fines que originaron su tratamiento, y es en cambio el propio afectado el que necesita la limitación de su tratamiento para formular o ejercer una reclamación.
Que el interesado se haya opuesto al tratamiento, y mientras se verifican si los motivos legítimos del responsable prevalecen sobre los del interesado, medida provisional la limitación del tratamiento.
Con este derecho se podrá solicitar: La supresión de los datos personales sin dilación indebida, por ejemplo en el tratamiento de datos ilícito o cuando desaparezca la finalidad del motivo para la recogida.
El sujeto podrá solicitar que se le envien sus datos personales en un formato estructurado de uso común y lectura mecánica para poder transmitirlos a otro responsable, siempre que sea técnicamente posible.
El derecho de oposición es el derecho del afectado a que no se lleve a cabo el tratamiento de sus datos de carácter personal o se cese en el mismo.
El derecho de cancelación permite que se supriman los datos que resulten ser inadecuados o excesivos sin perjuicio del deber de bloqueo recogido en la RGPD.
Es el derecho a no ser objeto de decisiones basada unicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elavoración de perfiles, que produzca efectos juridicos o afecte.
Artículo: Derechos ampliados
Para establecer la cuantía de las sanciones se atenderá a cada caso particular y se tendrá debidamente en cuenta:
Además las multas hasta 10,000,000 o 2% del volumen de negocio global del último año:
Multas hasta 20,000,000 o 4% del volumen de negocio global del último año
*En caso de concurrencia, se impondrá la más alta
Cada día son más las comunidades de propietarios que para garantizar la seguridad y el acceso a personas ajenas a la comunidad deciden la instalación de cámaras de video-vigilancia en portales o zonas comunes a la vivienda. La Agencia Española de Protección de datos ha editado una FICHA PRACTICA con información sobre los requisitos que se tienen que cumplir para la instalación de las cámaras de Video-vigilancia de las que cabe destacar:
En primer lugar, en el RGPD ya no existe obligación de efectuar auditorías o inspecciones periódicas, pero las autoridades de control tienen la potestad de llevarlas a cabo dentro de sus competencias de inspección. Sin embargo, en realidad esto no significa que las auditorías o inspecciones propias y frecuentes no sean aconsejables de hecho son un requisito para el cumplimiento del RGPD.
En primer lugar la Evaluación de Impacto en la Protección de Datos Personales (en adelante, la EIPD) es una herramienta que permite evaluar anticipadamente cuáles son los potenciales riesgos a los que están expuestos los datos personales en función de las actividades de tratamiento que se llevan a cabo con los mismos. El análisis de riesgos para un determinado tratamiento permite identificar los riesgos que se ciernen sobre los datos de los interesados y establecer una respuesta adoptando las salvaguardas necesarias para reducirlos hasta un nivel de riesgo aceptable.
Asimismo la EIPD o Evaluación de Impacto es una herramienta “preventiva” para evaluar los riesgos “antes” de realizar un nuevo tratamiento en el que sea probable que exista un alto riesgo para los derechos y libertades de los interesados.
Tal y como indica en la “Guía práctica para las EIPD” que ha publicado la AEPD, “ el mandato del Reglamento no se extiende a las operaciones de tratamiento que ya estén en curso en el momento en que comienze a ser de aplicación” (es decir, que sobre tratamientos que ya existen, NO hay que realizar un análisis EIPD). En cambio síempre se debe realizar el Análisis de Riesgos.
Conclusión: en términos generales, la EIPD no suele ser necesaria , pues los tratamientos que realizan las entidades son los que ya se realizaban con anterioridad, el análisis EIPD es para nuevos tratamientos que se efectuen, y en las condiciones indicadas anteriormente.
Realizamos un exhaustivo estudio de los tratamientos que se realizan en tu actividad y un análisis de riesgos en su empresa, página Web y comercio electrónico, interpretando las necesidades únicas de cada empresa.
Realizamos la introducción de los datos necesarios para el cumplimiento de la RGPD. Empresas, sedes, encargados, activos, soportes, usuarios, riesgos, medidas de seguridad y la formación del personal de manera presencial y online.
Se realiza un análisis de riesgos y si fuera necesario un análisis previo o EIPD, que permite controlar la incertidumbre relativa a una amenaza mediante una serie de acciones, como la identificación y evaluación del riesgo y las medidas para su reducción o mitigación.
También realizamos anualmente un seguimiento completo de todos y cada uno de los pasos para el estricto cumplimiento de la RGPD en el tiempo, entregando además nuestro certificado de adaptación RGPD que también es renovado anualmente.
El proceso de adaptación a las normativas vigentes en materia de protección de datos no finaliza cuando enviamos su documentación. El proceso acaba de empezar. A partir de ahí, debemos trabajar para mantener la adaptación RGPD actualizada y adecuarla a los cambios que vayan surgiendo en su empresa y a las nuevas normativas.
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Con nuestros sistemas y asesores especialistas en adaptación RGPD – LSSI-CE – LGDCU, cumplirá sin esfuerzo los requisitos legales de protección de datos Europea, la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información, y la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.