Formación en IA Obligatoria para Empresas: Artículo 4 AI Act
Consultoría y Cumplimiento EU AI Act
Formación en IA obligatoria para empresas, Artículo 4
El Artículo 4 del AI Act (Reglamento UE 2024/1689) establece que los proveedores y desplegadores de sistemas de IA deben adoptar medidas para apoyar la promoción de la alfabetización en IA de su personal. El Reglamento (UE) 2026/1744, en vigor desde el 27 de julio de 2026, reformuló el artículo: ya no hay que garantizar un nivel suficiente ni específico, pero la obligación sigue en pie. Está en vigor desde el 2 de febrero de 2025, antes que la mayoría de obligaciones del Reglamento.
La formación en IA no tiene que ser un curso genérico: conviene que sea específica para el rol y que quede documentada. La Comisión Europea aclara que no existe un formato único ni una certificación obligatoria. En Adapta RGPD ofrecemos formación certificada en IA para equipos y directivos dentro del módulo AI Act de SIGNA360, desde 79 €/año, con material actualizado y certificado de superación incluido. Consulta también nuestra guía sobre las obligaciones del desplegador en el AI Act y los plazos de aplicación del AI Act en España.
Formación IA obligatoria: qué exige el Artículo 4 a las empresas
En vigor desde febrero de 2025, no hay periodo de gracia adicional
Alfabetización adaptada al rol
Las medidas deben tener en cuenta los conocimientos, la experiencia y el contexto de uso de cada persona. Un responsable de contratación que usa IA de RRHH necesita más formación que un usuario ocasional de un asistente de escritura.
Formación documentada y trazable
Conviene que quede documentada: fecha, contenido, personas formadas y resultado. Es la evidencia de que has adoptado medidas si una autoridad te la pide.
Actualización cuando cambie el sistema
Si la empresa cambia de herramienta de IA o actualiza significativamente la que usa, la formación debe actualizarse también. No es un trámite puntual: es un proceso continuo ligado al ciclo de vida del sistema.
Aplica a toda la organización
La obligación recae sobre la empresa, no sobre los empleados individualmente. La responsabilidad de adoptar las medidas es de la empresa, como desplegadora o proveedora.
Cómo cumplir el Artículo 4: plan en 4 pasos
Itinerario práctico para empresas que ya usan IA en sus procesos
1. Inventario de sistemas y usuarios
Identifica qué sistemas de IA usa cada departamento, qué personas los operan o supervisan y cuál es su nivel actual de conocimiento sobre IA. Este inventario es el punto de partida para diseñar el plan formativo.
2. Formación por perfiles y roles
Diseña módulos específicos para cada perfil: directivos (riesgo y gobernanza), técnicos (funcionamiento y limitaciones), usuarios finales (uso responsable y supervisión). La AESIA valora la proporcionalidad de la formación.
3. Certificación y evidencia documental
Conviene cerrar la formación con una evaluación y un certificado, aunque no son obligatorios. Conserva los registros de asistencia, fechas, contenidos y resultados: son tu prueba si una autoridad los pide.
4. Revisión periódica y actualización
Revisa el plan formativo al menos una vez al año o cuando la empresa adopte nuevos sistemas de IA. El AI Act pide que las medidas tengan en cuenta el contexto de uso, no solo el del momento de implantación.
Formación interna vs. proveedores externos
Puedes impartir la formación internamente (con material propio y un responsable designado) o usar un proveedor externo. Lo importante es que el contenido cubra el Art. 4 y que la evidencia documental sea sólida.
Qué cubre la formación de SIGNA360
Nuestro módulo AI Act incluye contenidos de formación estructurados por rol, evaluación de comprensión, certificado de superación y registro automático en la plataforma. Todo documentado y exportable para auditorías.
Preguntas Frecuentes
¿Desde cuándo es obligatoria la formación en IA del Artículo 4?
Desde el 2 de febrero de 2025. Es una de las pocas obligaciones del AI Act que entró en vigor antes del plazo general de agosto de 2026. Desde el 27 de julio de 2026 el Reglamento (UE) 2026/1744 la reformula: la empresa debe adoptar medidas para apoyar la alfabetización de su personal, sin garantizar un nivel específico. Si aún no has hecho nada, conviene empezar ya.
¿Qué contenidos mínimos debe tener la formación en IA?
Conviene que la formación cubra: qué es la IA y cómo funcionan los sistemas que usa la empresa, cuáles son sus limitaciones y posibles errores, cómo detectar salidas incorrectas o sesgadas, y qué responsabilidades tiene el empleado al usarlos. El nivel de detalle varía según el rol.
¿Basta con enviar un enlace a una formación online?
Conviene tener evidencia de que el empleado la ha completado. Tras la reforma de 2026, el Art. 4 exige adoptar medidas, no garantizar un resultado, pero sin registro es difícil demostrarlas. Un test final es recomendable.
¿Las pymes también deben cumplir el Artículo 4?
Sí. No hay exención por tamaño. Las autoridades de vigilancia pueden requerir evidencia de las medidas a cualquier empresa que use sistemas de IA, independientemente de que sea una micropyme o una gran corporación. La proporcionalidad se aplica al nivel de exigencia de la formación, no a si existe o no.
¿Qué sanción tiene no cumplir el Artículo 4?
El Reglamento prevé multas de hasta 15 millones de euros o el 3% de la facturación global anual para obligaciones generales, pero en España el régimen sancionador depende de una ley nacional que sigue en tramitación. Además, en caso de incidente relacionado con el uso de IA, la falta de medidas documentadas agrava la responsabilidad de la empresa ante los afectados.
¿Tu empresa tiene la formación en IA documentada?
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