El informe del EDPB identifica tres áreas especialmente problemáticas: los plazos de conservación, las copias de seguridad y la aplicación de las excepciones previstas en el artículo 17 del RGPD.
Uno de los problemas más frecuentes es la falta de criterios claros para determinar cuánto tiempo deben conservarse los datos. La ausencia de políticas de conservación bien definidas dificulta justificar por qué determinada información sigue almacenada o cuándo debe eliminarse definitivamente.
A ello se suma la complejidad técnica de las copias de seguridad. Muchas organizaciones encuentran dificultades para garantizar que los datos suprimidos desaparezcan también de los sistemas de respaldo, especialmente cuando estos han sido diseñados con finalidades de recuperación ante desastres y continuidad de negocio.
Las excepciones previstas como la conservación por obligación legal, la defensa de reclamaciones o determinados intereses públicos requieren un análisis jurídico riguroso y adecuadamente documentado.
Una gestión eficaz del derecho de supresión exige combinar criterios jurídicos sólidos con mecanismos técnicos capaces de garantizar una eliminación efectiva y trazable de la información.
IMPORTANTE
El derecho de supresión evidencia que muchas organizaciones tienen dificultades internas para localizar, gestionar y eliminar correctamente los datos personales.







