A lo largo de estos boletines hemos visto los principios relativos al tratamiento regulados en el RGPD:
- licitud, lealtad y transparencia
- limitación de la finalidad
- principio de minimización de datos
- principio de exactitud
- limitación del plazo de conservación
- Integridad y confidencialidad
Para finalizar la revisión de estos principios, tenemos que hacer referencia al principio que engloba todos los anteriores y es el llamado principio de responsabilidad proactiva. Lo que quiere decir este principio, es que el responsable y el encargado del tratamiento de datos personales deben cumplir con todos los principios enumerados con anterioridad, y no solamente eso, además, deben ser capaces de demostrarlo. Este principio, supone que se debe de implantar un sistema interno de cumplimiento en materia de protección de datos. Para ello, no basta con implementar medidas técnicas y organizativas, serán necesarias también, políticas que garanticen que las actividades de tratamiento se realizan conforme con la normativa en protección de datos.
IMPORTANTE
El principio de responsabilidad proactiva implica que las medidas de seguridad técnicas y organizativas se actualicen y revisen de forma periódica.