En la resolución de la AEPD https://www.aepd.es/es/documento/ps-00259-2021.pdf, se sanciona a un taller mecánico por el envío de emails con carácter comercial, sin tener el consentimiento y, además, sin copia oculta.
El reclamante en su escrito de reclamación manifiesta que había recibido un correo comercial sin autorización previa. Además, estaban expuestos los datos de los demás destinatarios, incluyendo nombre y apellidos completos y dirección de correo electrónico. El reclamante en su escrito añadía, que no incluían ninguna opción para darse de baja. Como anexo a la reclamación, se adjuntan los datos completos del email recibido, con más de 400 destinatarios sin ocultar sus datos personales.
Se han incumplido varios preceptos del RGPD, por un lado, el principio de integridad y confidencialidad, unido a la falta de medidas de seguridad por parte del responsable para garantizar la confidencialidad de los datos personales. Como agravantes de la sanción se han tenido en cuenta el número de interesados afectados y la negligencia respecto a la gestión de la seguridad de los datos personales.
En este caso, además, el reclamante manifiesta que no dio su consentimiento para el envío de dichos correos comerciales, por lo que también la entidad es sancionada.
IMPORTANTE
Para el envío de correos comerciales es necesario solicitar el consentimiento previo o bien existir una relación contractual previa.