El tratamiento de datos en el ámbito laboral 1
Según nos dice el contenido del art.88 del RGPD: “Los Estados miembros podrán, a través de disposiciones legislativas o convenios colectivos, establecer normas más especificas para garantizar la protección de los derechos y libertades en relación con el tratamiento de datos personales de los trabajadores en el ámbito laboral”. Este artículo se materializa en la…