En el PS/00599/2016 de la AEPD vemos la sanción impuesta a la entidad NH CENTRAL RESERVATION OFFICE, S.A., por comunicar datos personales de una empleada al resto de compañeros de trabajo.
En enero de 2016, el responsable de RRHH de la entidad NH envió un correo electrónico a la afectada y por error, en copia, a un grupo numeroso de trabajadores de la misma en el que se adjuntaba una imagen que contenía el número de la SS, DNI, fecha de nacimiento, número de teléfono móvil personal, tipo de contrato y número de cuenta de cotización a la SS de dicha demandante.
La empleada declara que además, la empresa utiliza el nº de la Seguridad Social como clave de acceso a las nóminas de los trabajadores, por lo que con los datos que se les ha facilitado, cualquier compañero podía acceder incluso a su número de cuenta corriente.
Tras realizarse investigaciones por el equipo de la AEPD, se verifica que la entidad NH no contaba, obviamente, con el consentimiento de la denunciante para la difusión de sus datos personales produciéndose así una vulneración del deber de secreto por parte de la entidad.
RESULTADO: multa de 6.000 € a NH CENTRAL RESERVATION OFFICE, S.A., por una infracción del artículo 10 de la LOPD, tipificada como grave en el artículo 44.3.d) de la misma.
IMPORTANTE
El Responsable y quienes intervengan en cualquier tratamiento de los datos personales de una entidad, están obligados al secreto profesional y al deber de guardarlos